Internacionales

Las aseguradoras se defienden: «No hay capacidad para asumir las pérdidas por la pandemia»

Los tribunales españoles han dictado sentencias

El confinamiento por la pandemia dejó entre enero y marzo de 2020 una caída intertrimestral del PIB del 5,4%; en el segundo trimestre el golpe fue mucho más duro, del 17,8%. Toda actividad no esencial se vio obligada a bajar la persiana, la situación era crítica. Y una de las dudas en estos últimos meses ha sido quién debe pagar las pérdidas a los negocios, porque muchos de ellos creían estar cubiertos por los seguros que tenían contratados. El problema ha saltado a los tribunales, entre clientes que exigen una indemnización y aseguradoras que la niegan. Hasta ahora ha habido sentencias a favor y en contra del sector, según las fuentes consultadas, pero el gremio asegurador tiene una cosa clara: no hay recursos suficientes para poder hacer frente a las pérdidas por el Covid-19.

Hasta ahora han trascendido dos sentencias a favor de empresarios que tenían contratadas pólizas por interrupción del negocio, o de similar índole. Una contra SegurCaixa Adeslas, ya firme, y otra contra Generali, en primera instancia. Fuentes del sector sostienen que la propia Generali tiene también otras sentencias a su favor, aunque se han negado a mostrarlas.

En los dos fallos condenatorios, los jueces, a grandes rasgos, concluyen que este riesgo no está incluido, pero tampoco expresamente excluido en las pólizas contratadas, poniendo en valor el derecho del cliente.

«En España, en general, el seguro de pérdida de beneficios, en cualquiera de sus denominaciones (interrupción de negocio, pérdida de explotación o la propia pérdida de beneficios), así como en cualquiera de sus modalidades de cobertura (margen bruto, gastos fijos o indemnización diaria), exige para su activación la existencia de un daño material directo cubierto por la póliza. Por lo tanto, la interrupción de negocio por decisiones de la autoridad no está cubierta en los condicionados de las pólizas», señalan fuentes de la patronal Unespa.

Basándose en la Ley de Contrato de Seguro, la organización concluye que «para que la interrupción de negocio por una decisión de la autoridad hubiera estado cubierta, tendría que haberse contemplado una cláusula de cobertura por estas circunstancias en el propio condicionado de la póliza. En consecuencia, de no ser así, la paralización de la actividad empresarial por acontecimientos no previstos en el contrato no resultará indemnizable por la aseguradora». Un planteamiento contrario al que han entendido los jueces en los dos casos citados.

Unespa sostiene que el parón en los negocios por el Covid no es asegurable. «Una pandemia es un riesgo sistémico y no es asegurable a través de los modelos tradicionales de determinación de las primas», dicen fuentes de la patronal, al tiempo que señalan que las pólizas estándar cubren riesgos que no se materializan para todo el mundo y al mismo tiempo. En el caso de una pandemia, con el consiguiente confinamiento, los efectos se sienten en la totalidad de la población.

En este sentido, el sector señala que la mejor solución, ya pensando en eventos futuros, sería un instrumento público-privado -la propuesta se hizo hace un año- para hacer frente a riesgos por pandemia. Una figura a la que los ámbitos público y privado aporten recursos.

Se trata de una estructura de aseguramiento por capas para repartir los riesgos.

En su momento, el Ejecutivo español recibió de buen grado la propuesta, que también llegó a escala comunitaria, pero según confirman fuentes del sector, no se ha avanzado apenas nada por esta vía.

FUENTE: www.abc.es