La SSN dispuso nuevas condiciones para el seguro de embarcaciones de placer
Por la presente, la SSN aprueba con carácter general las condiciones contractuales del «Seguro de Embarcaciones de Recreo o Placer «, las cuales se detallan en Anexo.
Se aclara al respecto que las aseguradoras que opten por operar con estas condiciones contractuales, deberán remitir la Nota Técnica de las coberturas adicionales de Accidentes Personales y Sepelio a comercializar para su autorización.
“En línea con el objetivo de agilizar y optimizar el análisis de las solicitudes de autorización de planes de seguros, se considera oportuno dictar condiciones contractuales de carácter general, no obligatorio, para los Seguros de Embarcaciones de Recreo o Placer que podrán ser utilizados por todas las entidades aseguradoras que cuenten con la rama autorizada”, explican desde el organismo que, a esos fines, compaginaron las cláusulas existentes para su presentación “lógica, congruente y adaptadas a las necesidades actuales” de los asegurados.
FUENTE: 100seguro.com.ar